#EtiquetadoClaro: ¿Qué son los ingredientes tecnológicos de los alimentos?

  • |  AESAN
  • |  05-01-2021

Aditivos, aromas, enzimas...; son muchas las sustancias que se utilizan en la elaboración de los alimentos que consumimos. Para dar a conocer sus características, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha publicado un nuevo tríptico informativo que responde a cuestiones como: ¿Qué son los ingredientes tecnológicos de los alimentos? ¿Cuáles? ¿Para qué sirven? ¿Son seguros para los consumidores?

En el documento se explica que los ingredientes tecnológicos son aquellas sustancias de origen natural o sintetizadas químicamente que pueden emplearse en la producción de alimentos por las diferentes funciones tecnológicas que desarrollan.

Todos ellos están sometidos a una estricta regulación, basada en el principio de análisis del riesgo, y al control de uso. Su empleo siempre está supeditado a garantizar previamente su seguridad para los consumidores.

Si bien no son indispensables, sin ellos no sería posible la comercialización de muchos de los alimentos que hoy día están disponibles en el mercado.

En cuanto a los tipos que existen, desde AESAN explican que hay cuatro categorías de ingredientes tecnológicos:

• Aditivos alimentarios.

• Aromas alimentarios.

• Coadyuvantes tecnológicos.

• Enzimas alimentarias.



Aditivos alimentarios

Los aditivos son sustancias que normalmente no se consumen como alimentos, ni se usan como un ingrediente característico de los mismos, pero que se añaden con un propósito tecnológico, de tal forma que el propio aditivo o sus subproductos terminan formando parte de la composición del alimento.

Deben cumplir tres premisas importantes:

  • Ser seguros para el consumidor, sobre la base científica disponible y el nivel de uso establecido.
  • Responder a una necesidad tecnológica razonable.
  • No inducir a error al consumidor.

Y deben figurar en la lista de ingredientes del alimento, indicándose tanto la función tecnológica que ejerce como la identificación del aditivo en cuestión, por ejemplo: “Regulador de la acidez (ácido cítrico)” o “Regulador de la acidez (E 330)”.


Aromas alimentarios

Estos ingredientes tecnológicos, diferentes a los aditivos, únicamente son utilizados en los alimentos para otorgarles un olor o un sabor, o modificar el suyo propio.

Su empleo siempre debe reflejarse en el etiquetado de los alimentos.


Coadyuvantes tecnológicos

Son sustancias que se utilizan durante los procesos de elaboración de los alimentos aportando alguna ventaja o ayuda para alcanzar un fin tecnológico que no sería posible conseguir sin su empleo.

No forman parte de la composición final de los alimentos en cuya elaboración participan, o lo hacen en una concentración muy baja, garantizándose así la ausencia de efecto tecnológico en el alimento final en cuestión. Por ello, no es necesaria su mención en la lista de ingredientes de los alimentos (salvo que se trate o derive de uno de los alérgenos contemplados en la normativa de información al consumidor).

Un ejemplo es el ácido poliaspártico, que puede ser empleado en la elaboración del azúcar como agente de dispersión biodegradable, evitando la formación de depósitos de fosfato de calcio y magnesio durante su proceso de producción.


Enzimas alimentarias

Las enzimas son productos capaces de catalizar, es decir, de aumentar la velocidad de una reacción bioquímica específica favoreciendo el proceso de elaboración de un alimento. Por ejemplo, en el caso de la elaboración de queso se utilizan enzimas proteasas (que pueden estar también contenidas en el cuajo que tradicionalmente se utiliza) que permiten la coagulación de la leche.

Las enzimas se deben indicar en la lista de ingredientes del etiquetado si permanecen en el alimento en cuya elaboración se utilizan.

Cuando ejercen su papel únicamente durante el proceso de elaboración y no forman parte de la composición final del mismo, no es necesario que figuren en la lista de ingredientes (salvo que se trate o derive de uno de los alérgenos contemplados en la normativa de información al consumidor).

Más información en la sección específica de la web de AESAN.
 

 

 

 

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