Legislación: Se regula la artesanía alimentaria en Galicia
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12 de febrero, 2020
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Se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 174/2019, de 19 de diciembre, por el que se regula la artesanía alimentaria.
El decreto pretende ser el instrumento básico que constituya el marco de delimitación indispensable para la aplicación de políticas de fomento y protección de la actividad artesanal.
Regula también este decreto, en el marco establecido por la Ley 2/2005 de 18 de febrero, el Registro de la Artesanía Alimentaria y sus normas de funcionamiento. Dicho registro queda adscrito a la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria y en él se incribirán las empresas artesanales alimentarias.
Se concretan igualmente en este decreto los requisitos a cumplir por las personas artesanas y también los que deben cumplir las empresas para ser consideradas como empresas artesanales alimentarias. También se recogen las condiciones para la utilización en el etiquetado, presentación y publicidad de los productos, de los términos "artesano", "artesano de la casa", "artesano casero" y "artesano de montaña", para este último de manera coherente con la regulación que hizo la Unión Europea a través del Reglamento Delegado (UE) 665/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las condiciones de utilización del término de calidad facultativo "producto de montaña".
El concepto de empresas artesanales alimentarias integra tanto a las empresas con carácter general realizan activades artesanales alimentarias conforme a lo que establece este decreto como también dos tipos específicos: las microempresas artesanales alimentarias y las explotaciones agrarias elaboradoras de productos caseros. Estas dos últimas, sin perjuicio de la obligación de cumplir los requisitos artesanales establecidos para todas las empresas artesanales alimentarias, están dotadas de una serie de particularidades que se recogen en este decreto.
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