Resolución con recomendaciones para la protección del Mar Menor
Ministerio Transición Ecológica y el Reto Demográfico
2 de abril, 2020
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La resolución subraya que corresponde al Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura, y a la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, en el ejercicio de su competencia y responsabilidades, la adecuada aplicación de los recursos procedentes del Trasvase Tajo-Segura por la situación de crisis ecológica en el Mar Menor.
Además, se recomienda que en la zona 2 del Mar Menor, según la zonificación establecida en el Decreto-Ley de Plan de Protección Integral del Mar Menor de la Región de Murcia, sean de aplicación también cautelarmente las medidas adicionales definidas para la zona 1.
Para evitar la contaminación por nutrientes de origen agrario y su afección al Mar Menor y su entorno, se considera conveniente la prohibición cautelar de la aplicación de todo tipo de fertilizantes, estiércoles o abonado en verde, en aquellas áreas que se encuentren a menos de 1.500 metros del límite interior de la ribera del Mar Menor.
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