Nuevo sistema de gestión de las cuotas de pesca para mejorar su aprovechamiento

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

3 de abril, 2020


El Ministerio de  Agricultura,  Pesca  y  Alimentación ha publicado hoy  en  el  BOE una  Orden  ministerial  por  la  que  se  establece un nuevo  sistema  de  gestión  de  las  cuotas  de  pesca  asignadas  anualmente  a España, aplicable  principalmente   a   los   stocks   sometidos   a   TAC   (Total Admisible de Capturas) y cuotas en las aguas peninsulares del Atlántico.

Este nuevo sistema, fruto de un complicado proceso de tramitación y consultas con  el  sector  pesquero, ha  supuesto  la  modificación  de  las  distintas  órdenes ministeriales que regulan dichos caladeros desde el año 2014. Supone un gran avance  para  optimizar  el  aprovechamiento  de  las  cuotas  y  afrontar  con mayores   garantías   la   obligación   de   desembarque,   evitando   el   efecto estrangulamiento sobre las flotas por agotamiento de cuotas.

PRINCIPALES MEDIDAS

Entre  las  principales  medidas  adoptadas,  se  flexibilizan  las  transmisiones temporales y definitivas de posibilidades de pesca para los buques con reparto individual en el Cantábrico y Noroeste, golfo de Cádiz y aquellos que faenan al arrastre  en  aguas  de  Portugal,  permitiendo  una  mejor  adaptación  de  los buques a sus pesquerías dentro de los repartos establecidos previamente. Además,  se  establece  un  mecanismo  de  optimización  anual  de  las  cuotas  en dichos  caladeros  mediante  el  que,  a  partir  del  1  de  octubre  de  cada  año,  los buques que hayan agotado sus cuotas previamente o aquellos que a partir de esa fecha las vayan agotando, puedan seguir faenando mediante el uso de las cuotas que van a sobrar a otros buques.

Asimismo, se fijan otros procedimientos para la gestión de las cuotas de pesca asignadas a España, que hasta ahora no estaban establecidos salvo en casos puntuales,  como  los  necesarios  para  los  intercambios  de  cuotas  con  otros Estados   miembros   o   el   uso   de   determinadas   condiciones   especiales, provenientes  de  la  normativa  comunitaria. Estas normativas que  permiten  usar  cuotas  de  la misma especie en varias zonas. De igual forma, se establecen principios para el reparto anual de cuotas, hasta ahora   no   repartidas   internamente   en   España,   de stocks   ampliamente distribuidos, como la bacaladilla o el jurel en aguas de la Unión Europea. Y una reserva  mínima  de  cuota  de  pez  espada  en  el  Atlántico  Norte  para  computar las  capturas  accidentales  de  determinadas  flotas  que  hasta  ahora  no  tenían ninguna asignación de este stock.

De  manera  complementaria,  se  establecen  procedimientos  uniformes  para  el cese  de  la  actividad  y  el  cierre  de  las  pesquerías  en  caso  de  agotamiento  de las cuotas. Debido a la delicada situación del besugo en el Cantábrico, según los informes científicos   disponibles   y   siguiendo   sus   recomendaciones, se   establecen medidas de gestión para la pesca recreativa de esta especie. Con  la  publicación  de  esta  Orden,  el  Ministerio  de  Agricultura,  Pesca  y Alimentación  refuerza  su  compromiso  con  una  gestión  pesquera  sostenible  y responsable,  llevando  a  cabo  un gran  avance  en  la  normativa  nacional  en relación a las cuotas de pesca asignadas a España. La norma se puede consultar en el siguiente enlace.

 

 

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