Legislación. Promoción internacional de los productos cárnicos españoles

Legalimentaria

4 de junio, 2019


Se ha publicado la resolución de 27 de mayo de 2019, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica al Convenio con la Organización interprofesional del ovino y Caprino de Carne, la Aosciación interprofesional del Porcino de Capa Blanca  y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los año 2019 y 2020.

Según se expone en el Real Decreto 904/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacióny por el que se modifica el Real Decreto 595/2018 de 22 dejulio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministerales, establece en el artículo 6.1) que entre las funciones de la dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer desarrollar y difundir actuaciones encaminadas a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, que será ejercida por la Subdireción General de Promoción Alimentaria, según se dispone en el apartado 2.e) del mismo artículo.

Que la presencia promocional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ferias internacionales agroalimentarias, que se realiza desde 2003, teniendo experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la convenencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado con la participación de certámenes, tiene como objetivos y fines, entre otros la de realizar campañas para difunfir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones que faciliten una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.

Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Interprofesionales tienen, entre sus funciones y finalidades, la de promoción del sector cárnico, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos y experiencia.

Por ello, sendas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por los siguientes apartados:

Actuaciones a desarrollar; obligaciones de MAPA y de las interprofesionales; financiación y formas de pago; comisión de seguimiento; publicidad; duración del convenio y su eficiencia; modificación y extinción del Convenio; condición de suspensión; confidencialidad y resolución de conflictos estre otros.

En el mismo se incluye presupuesto disponible para el Convenio y diseño del stand de promoción.

 

Quizá te interese ver estas noticias relacionadas:

Legislación. Se limita la presencia de grasas trans en los alimentos

Legislación: Contrato de compraventa de uva durante la campaña 2019/2020

 

Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:

http://www.legalimentaria.es

 


Puedes seguirnos


Te Recomendamos


Suscríbete a nuestra revista

Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción

portada revista alimentaria Más información

Aviso de Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Si continúas navegando aceptas su uso.Política de Cookies.



Saber más