Legislación: "Medidas para asegurar el suministro de agua potable durante la crisis del COVID-19"
Legalimentaria
25 de marzo, 2020
Esto Le Interesa
Respuesta sostenible a normas más estrictas sobre producción de huevos
Guía GIRO: piden un cambio en el manejo de la obesidad en España
Respaldo del Consejo de Ministros a la simplificación de la PAC
Se ha publicado la Orden SND/274/2020, de 22 de marzo, por la que se adoptan medidas en relación con los servicios de abastecimiento de agua de consumo humano y de saneamiento de aguas residuales.
El artículo 4 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establece que el servicio de suministro domiciliario de agua potable para consumo humano es un servicio esencial que debe quedar garantizado, especialmente en las actuales circunstancias.
El agua en su estado natural necesita ser tratada hasta alcanzar las condiciones de calidad exigidas por el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. De igual modo, el saneamiento implica procesos de tratamiento para depurar las aguas residuales urbanas con las mejores condiciones de calidad.
Las medidas que se adoptan van destinadas a garantizar el adecuado suministro de agua, así como el correcto saneamiento posibilitando que las empresas y entidades que llevan a cabo dichos procesos de tratamiento del agua necesarios para los servicios señalados tengan la consideración de operadores de servicios esenciales y al tiempo dispongan de los productos, sustancias y materiales higiénicos necesarios para garantizar que puedan llevar a efecto su labor con las máximas garantías de éxito, en cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable a las aguas de consumo humano y a la depuración de las aguas residuales.
Esta orden resulta de aplicación a todas las entidades, públicas y privadas, que prestan, o contribuyen a prestar, el servicio de abastecimiento a la población de agua de consumo humano, así como de saneamiento de aguas residuales urbanas, incluido el servicio de abastecimiento de aguas de consumo humano procedentes de las instalaciones de desalinización de aguas de mar (IDAM).
Y para estar al tanto de todas las modificaciones legislativas del sector alimentario, descubre la plataforma que recopila y consolida toda la normativa vigente a nivel europeo, nacional y autonómico:
http://www.legalimentaria.es
Quizá te interese ver estas noticias relacionadas:
Legislación: Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
7 de cada 10 consumidores consulta siempre o casi siempre el etiquetado
Apúntate y recibe los sábados en tu correo una selección de las mejores noticias
Puedes seguirnos a través de nuestras RRSS:
Puedes seguirnos a través de nuestras RRSS:
Twitter: @RevistaAlimenta
Facebook: Revista Alimentaria
Linkeding: Revista Alimentaria
Instagram: Revista Alimentaria
Más noticias de Opinión
Destacadas
Te Recomendamos
Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción
Más informaciónLegalimentaria
Base de datos de legislación alimentaria europea, española y comunidades autonómicas