Julio Villaescusa, presidente de FENADISMER

Julio Villaescusa: "Las 44 toneladas en España: consecuencias y necesidades"

Revista Alimentaria

17 de agosto, 2025

La medida ha sido aprobada en un contexto económico expansivo, lo que ayudará a que los posibles excesos de oferta sean absorbidos



Julio Villaescusa
Presidente FENADISMER

 

La regulación sobre pesos y dimensiones máximos autorizados para los vehículos de transporte tanto de mercancías como de viajeros ha venido aumentando progresivamente en los últimos 70 años en función del desarrollo tecnológico y de construcción de los vehículos así como de la mejora de las infraestructuras viarias.

Así, en el caso de los vehículos de transporte de mercancías, el vehículo predominante en los años 60 era el camión de 2 ejes y hasta 12 toneladas, que evolucionó al vehículo de 3 ejes y 16 tns y posteriormente al vehículo de 4 ejes y 25 tns, lo que evidencia que el transportista será adaptando en todo momento a la evolución técnica de los vehículos conforme han ido demandando la economía y la sociedad en su conjunto.

La normativa actual reguladora viene establecida en directivas europeas, las cuales establecen los pesos y dimensiones máximos de los vehículos de transporte de mercancías en el transporte internacional, habilitando a los Estados miembros a que puedan autorizar la circulación en su territorio de vehículos destinados exclusivamente al transporte nacional de mercancías que no se ajusten a las magnitudes en ellas indicadas. En tal sentido, tales directivas tiene establecido en la actualidad una masa máxima autorizada de 40 toneladas.

De hecho, la mayor parte de los países de la Unión Europea en sus legislaciones nacionales tienen establecido dicho tonelaje máximo, pero no es menos cierto que una tercera parte de los países ya han aprobado aumentar dicho peso máximo a las 44 toneladas, entre ellos, todos los limítrofes con España.

En todo caso la introducción de las 44 toneladas en nuestro país tendrá un efecto limitado a tan solo un 12% de los viajes que realmente se llevan a cabo, aunque hay que tener en cuenta las consecuencias que dicha medida va a tener, tanto en los costes de explotación de los vehículos y su necesaria repercusión a los clientes, en el impacto sobre la infraestructura viaria, así como en la seguridad derivada de la mayor carga de los vehículos.

La medida ha sido aprobada en un contexto económico expansivo, lo que ayudará a que los posibles excesos de oferta como consecuencia del mayor tonelaje permitido en los camiones sean absorbidos por la mayor actividad económica, evitando que se produzcan desajustes.

Y por supuesto dicha medida debe ir acompañada de los mecanismos legales necesarios que permitan que las eficiencias que una mayor capacidad de carga puedan suponer beneficien a todos los eslabones de la cadena logística, principalmente al transportista, que es quien en último término soportará el coste productivo de la implantación de dicha medida.

 


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