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Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
El Reglamento (UE) nº. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº. 922/72 (CEE) nº. 234/79 (CE) nº. 1037/2001 y (CE) nº. 1234/2007, regula las organizaciones de productores y las asociaciones de éstas en los sectores agrícolas, estableciendo una serie de particularidades para las del sector de las frutas y hortalizas.
El contenido del presente Real Decreto se ajusta a los principios contemplados en el artículo 129 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, se justifica esta norma en la necesidad de adecuar nuestra normativa a la de la Unión Europea, y evitar posibles correcciones financieras ante un inadecuado reconocimiento de organizaciones de productores que apliquen programas operativos.
En la elaboración del presente Real Decreto se ha consultado a las comunidades autónomas, así como a las entidades representativas de los sectores afectados.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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