Publicado el real decreto que prohíbe las aceiteras rellenables en hostelería

18 de diciembre, 2013

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 16 de noviembre el Real Decreto 895/2013, de 15 de noviembre, que prohíbe las aceiteras rellenables en hostelería


El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 16 de noviembre el Real Decreto 895/2013, de 15 de noviembre, que prohíbe las aceiteras rellenables en hostelería.

Esta nueva norma modifica el Real Decreto de 21 de noviembre de 2003, por el que se  establecen determinadas medidas de comercialización en el sector de los aceites de oliva y del aceite de orujo de oliva.

La norma aprobada señala que en los establecimientos del sector de la hostelería y la restauración y en los servicios de catering, los aceites se pondrán a  disposición del consumidor final en envases etiquetados y provistos de un sistema de apertura que pierda su integridad tras su primera utilización.

Los envases que, por su capacidad, se puedan poner a disposición de los consumidores finales más de una vez, dispondrán además de un sistema de protección que impida su reutilización una vez agotado su contenido original.

El nuevo real decreto entra en vigor el 1 de enero de 2014 e incluye la posibilidad de utilizar las existencias de productos adquiridos anteriormente a esa fecha, hasta el 28 de febrero del próximo año.

Toda la información en Revista Alimentaria nº449


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