Novedades legislativas para los brotes y semillas

Legalimentaria

21 de junio, 2017


Se ha publicado el Real Decreto 578/2017, de 12 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, el Real Decreto 379/2014, de 30 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de autorización de establecimientos, higiene y trazabilidad, en el sector de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes, y el Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establece los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal.

Tras el brote de toxiinfección alimentaria causado por Escherichia coli en mayo de 2011 en la Unión Europea, el consumo de brotes se identificó como el origen más probable de dicha crisis alimentaria (aunque en un primer momento se acusó a los pepinos españoles). En consecuencia, se aprobaron una serie de normativas para evitar o reducir los posibles riesgos de contaminación de las semillas y semillas germinadas. En España se dictaron disposiciones específicas para su aplicación.

Ahora, con el fin de aplicar el Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola, es necesario enumerar y, en su caso, designar los Laboratorios Nacionales de Referencia. El Real Decreto 578/2017 se encarga de hacer esta modificación, entre otras.

 

Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Real Decreto y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:

http://www.legalimentaria.es


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