Legislación: el sorbato cálcico, fuera de los aditivos autorizados

Legalimentaria

31 de enero, 2018


Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/98 de la Comisión, de 22 de enero de 2018, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión por lo que respecta al sorbato cálcico (E 203).

En junio de 2016, la Comisión Europea puso en marcha una convocatoria pública para recabar datos científicos y tecnológicos sobre el ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el sorbato cálcico (E 203), con el objetivo de llenar las lagunas de datos señaladas en el dictamen científico sobre la reevaluación llevada a cabo por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

Sin embargo, ninguna empresa proporcionó los datos necesarios sobre genotoxicidad relativos al sorbato cálcico (E 203), por lo que la EFSA no puede completar su reevaluación de la seguridad de esta sustancia como aditivo alimentario.

Por tanto, procede retirar el sorbato cálcico (E 203) de la lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados.

Para que los explotadores de empresas alimentarias se adapten a los nuevos requisitos o encuentren alternativas al sorbato cálcico (E 203), el presente Reglamento debe aplicarse seis meses después de su entrada en vigor.

 

Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:

http://www.legalimentaria.es


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