Legislación: cambios en el plan de descartes pesqueros

Legalimentaria

14 de febrero, 2018


En los últimos días se han publicado tres Reglamentos Delegados relativos al plan de descartes de la UE para determinadas pesquerías. El primero de ellos es el Reglamento Delegado (UE) 2018/188 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2017, que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 1394/2014, por el que se establece un plan de descartes para determinadas pesquerías pelágicas en las aguas suroccidentales.

Según indica este Reglamento Delegado, Bélgica, España, Francia, Países Bajos y Portugal presentaron el 2 de junio de 2017 una recomendación conjunta a la Comisión que proponía ampliar la duración de las exenciones de minimis establecidas en el plan de descartes. Para justificar estas exenciones, los Estados miembros presentaron pruebas relativas a los costes desproporcionados que conlleva la manipulación de las capturas no deseadas en las pesquerías pertinentes.

El grupo de trabajo especializado del Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP) concluyó que dichos argumentos estaban bien razonados. Por ello, y en ausencia de información científica divergente, conviene ampliar la duración de las excepciones de minimis conforme a los porcentajes propuestos en la recomendación conjunta. Como el plan de descartes expira el 31 de diciembre de 2017, el Reglamento se aplica a partir del 1 de enero de 2018.

El segundo es el Reglamento Delegado (UE) 2018/189 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017, que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 1395/2014, por el que se establece un plan de descartes para determinadas pesquerías de pequeños pelágicos y pesquerías de uso industrial en el mar del Norte. En este caso, los países que presentaron una recomendación conjunta a la Comisión fueron Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Países Bajos, Reino Unido y Suecia.

Por último, en el caso del Reglamento Delegado (UE) 2018/190 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2017, que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 1393/2014, por el que se establece un plan de descartes para determinadas pesquerías pelágicas en las aguas noroccidentales, los países que presentaron una recomendación conjunta a la Comisión fueron Bélgica, España, Francia, Irlanda, Países Bajos y Reino Unido.

 

Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introducen estos Reglamentos Delegados y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:

http://www.legalimentaria.es


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