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Decisión de Ejecución (UE) 2017/115 de la Comisión, de 20 de enero de 2017, por la que se autoriza la comercialización de extracto de soja fermentada como nuevo ingrediente alimentario, con arreglo al Reglamento (CE) nº 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C/2017) 165].
Se adopta por la presente decisión, entre otros artículos :
Art. 1
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2001/46/CE, el extracto de soja fermentada, tal y como se especifica en el anexo de la presente Decisión, podrá comercializarse en el mercado de la Unión como nuevo ingrediente alimentario para ser utilizado en complementos alimenticios en forma de cápsulas, tabletas o en polvo, destinado a la población adulta con exclusión de las mujeres embarazadas o en período de lactancia, con una dosis máxima de 100 mg diarios de extracto de soja fermentada.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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