Legislación. Sobre materiales plásticos en contacto con alimentos
Legalimentaria
11 de junio, 2018
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Reglamento (UE) 2018/831 de la Comisión de 5 de junio de 2018 por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 10/2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
(3) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha adoptado dictámenes en los que se reevalúan la contaminación por perclorato en los alimentos y la exposición alimentaria humana por percloratos (3) (4). Las sales del ácido perclórico (perclorato) (MCA Nº 822) son una sustancia que está incluida como un aditivos o un auxiliar para la producción de polímeros en el cuadro 1 del anexo I del Reglamento (UE) nº 10/2011. Se aplica a esta sustancia un límite de migración específica (LME) de 0,05 mg/kg tomando como base para una exposición alimentaria convencional a los materiales en contacto con alimentos el supuesto de que una persona con un peso corporal de 60 kg consume diariamente 1kg de alimentos....
(6) La Autoridad adoptó un dictamen científico favorable (1) sobre el uso de la sustancia [3-(2,3-epoxipropoxi) propil]-trimetoxi-silano (sustancia MCA Nº 1068, Nº cas 2530-83-8). La Autoridad llegó a la conclusión de que, aunque la sustancia tiene potencial genotóxico, no constituye ningún problema de seguridad debido a su baja o nula exposición cuando se utiliza como componente de agentes de encolado para tratar fibras de vidrio integradas en plásticos de baja difusividad, como en el caso del tereftalato de polietileno (PET), ....
Los materiales y objetos plásticos que cumplan las disposiciones del Reglamento (UE) nº 10/2011 en su forma aplicable antes de la entrada en vigor del presente Reglamento podrán comercializarse haste el 26 de junio de 2019 y permanecer en el mercado hasta que se agoten las existencias.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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