Legislación: nuevos límites máximos de residuos para un fitosanitario
Legalimentaria
10 de julio, 2018
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Se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/960 de la Comisión, de 5 de julio de 2018, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de lambda-cihalotrina en determinados productos.
El 26 de julio de 2017, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) presentó un dictamen motivado sobre la revisión de los límites máximos de residuos (LMR) vigentes de lambda-cihalotrina, a la luz de la definición no específica de residuo. La EFSA propuso modificar la definición de residuo para todos los productos. Identificó un riesgo para los consumidores en relación con los LMR en las berzas y los granos de arroz. Procede, por tanto, reducir esos LMR. La Autoridad señaló que no se disponía de determinada información sobre los LMR de todos los productos, y que no se disponía de ninguna información sobre los LMR aplicables a las semillas de girasol, las semillas de soja y el té, y por tanto era necesario que los gestores de riesgos siguieran estudiando estas cuestiones.
El Reglamento será aplicable a partir del 26 de enero de 2019.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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